lunes, 26 de mayo de 2014

Norma Internacional de Contabilidad 10


Introducción

La norma internacional de contabilidad 10 “Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa (NIC 10) sustituye a la NIC 10 “Hechos ocurridos después de la fecha del balance (revisada en 1999), y el cual debe ser aplicada en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005.



El objetivo de esta Norma es prescribir:









En el alcance de esta Norma será aplicable en la contabilización y en la información a revelar correspondiente a los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa.

Sin embargo los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa; son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre el final del periodo sobre el que se informa y la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación. 

Pueden identificarse dos tipos de eventos:


Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que implique ajuste




La entidad ajustará los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar la incidencia de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que impliquen ajustes, y no los ajustará cuando no impliquen ajustes. 

Si después del periodo sobre el que se informa, una entidad acuerda distribuir dividendos a los poseedores de instrumentos de patrimonio, no reconocerá esos dividendos como un pasivo al final del periodo sobre el que se informa.

La entidad revelará la fecha en que los estados financieros han sido autorizados para su publicación, así como quién ha dado esta autorización. En el caso de que los propietarios de la entidad u otros tengan poder para modificar los estados financieros tras la publicación, la entidad revelará también este hecho.

En algunos casos, una entidad necesita actualizar la información a revelar en sus estados financieros para reflejar la información recibida después del periodo sobre el que se informa, incluso cuando dicha información no afecte a los importes que la entidad haya reconocido en los estados financieros.

Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste.

Cuando los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajustes son materiales, no revelar esta información puede influir en las decisiones económicas que los usuarios puedan tomar sobre la base de los estados financieros. Por consiguiente la entidad revelará la siguiente información, sobre cada categoría significativa de hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajustes:

Es importante hacer mención que esta NIC 10 tiene relación con nuestras Normas de Información Financiera B-13, en donde se pueden encontrar algunas diferencias en cuanto conceptos y definiciones, que tienen el mismo significado;  sin embargo una de las diferencias mas significativas, es  el alcance de la NIC 10, dejándolo abierto en tanto a todas las entidades que caigan en estos supuestos y en tanto la NIF B-13  lo enfoca  hacia las entidades que emitan estados financieros en los términos de la NIF A-3.   


Para concluir el tema se muestra el cuadro comparativo de la NIC 10  y la NIF B-13:


Les dejamos un link  sobre el papel del contador publico en la empresa.